Si la tasa no se pagó a tiempo, la nulidad nació muerta. Burneo debe aclarar si el JNE aplicará la norma o administrará el caos.

El Jurado Electoral Especial (JEE) Lima Centro ha admitido la apelación de Juntos por el Perú contra el rechazo de su pedido para anular 1,751 mesas de sufragio en Lima. Formalmente, admitir una apelación no equivale a conceder la nulidad. Pero en un proceso tan ajustado, con el país mirando voto por voto, esa decisión instala una pregunta inevitable. ¿Qué se va a revisar si la propia norma electoral parece haber cerrado la puerta?
La Ley Orgánica de Elecciones, en su artículo 363, permite solicitar la nulidad de mesas por causales graves como: fraude, cohecho, soborno, intimidación o violencia. Pero un pedido de esa naturaleza no vive de consignas, sospechas ni arengas. Vive de requisitos. Y el derecho electoral tiene una lógica elemental. Plazos breves, etapas preclusivas y reglas estrictas para impedir que el resultado quede atrapado por maniobras posteriores.
La Resolución N.º 0838-2025-JNE es todavía más precisa. Los pedidos de nulidad por hechos externos a la mesa deben presentarse dentro de los tres días calendario siguientes a la elección. Si la segunda vuelta fue el domingo 7 de junio, el plazo venció el miércoles 10. No después. No cuando apareciera la colecta. No cuando la presión política hiciera ruido.
Además, la resolución exige adjuntar el comprobante original del pago de la tasa con el pedido de nulidad. La consecuencia también está escrita. Si no se presenta, corresponde declarar la improcedencia. La única excepción prevista es concreta. Imposibilidad de pago por tratarse de día inhábil. ¿Fue ese el caso? Roberto Burneo debe decirlo. Alto, claro y sin tecnicismos ni evasivas.
Porque si lo que se pretende es convertir en subsanable un requisito que debía cumplirse dentro del plazo legal, estamos ante una colisión frontal con la norma electoral. El JEE puede elevar una apelación para que el JNE revise la improcedencia. Lo que no puede hacer el sistema electoral es resucitar una nulidad nacida muerta.
Y el cuadro se agrava aún más. Juntos por el Perú también ha acudido al Poder Judicial con una acción de amparo vinculada a la votación en Argentina, uno de los bolsones del voto exterior que favoreció decisivamente a Keiko Fujimori. Así decían que iban a respetar el resultado. Primero incumplen las tasas, luego judicializan mesas en el extranjero y después invocan la democracia. Esa es la izquierda cuando los votos dejan de servirle.
El problema es mayor porque el Tribunal Constitucional ya ha dejado claro que el JNE es la última instancia en materia electoral y que sus decisiones no pueden ser reemplazadas por ninguna resolución judicial paralela. No hay conflicto de competencia que justifique convertir al Poder Judicial en una ventanilla de revisión del proceso electoral. Una cosa es proteger derechos fundamentales y otra muy distinta es trasladar la disputa electoral a los juzgados para forzar por amparo lo que no se ganó en las urnas ni se sostuvo dentro del plazo legal. No se puede judicializar el sistema electoral como antes se judicializó la política.
Hoy, 16 de junio, con el conteo oficial de la ONPE al 99% y gran parte de las actas observadas resueltas, el país no necesita piruetas procesales. Necesita certezas. Burneo debe salir a explicar si el JNE hará respetar la ley o permitirá que el proceso quede atrapado por quien no cumplió los requisitos a tiempo.
Porque cuando los plazos perentorios dejan de serlo, no muere solo una nulidad. Muere la confianza en el árbitro.
