Congreso modificó en enero del 2023 artículo 130 de la Constitución y eliminó obligatoriedad del también denominado ‘voto de investidura’.

A las 10:00 de la mañana del jueves 20 de agosto, Luis Fernando Galarreta Velarde (55) se convertirá en el primer presidente del Consejo de Ministros de la gestión de Keiko Sofía Fujimori Higuchi (51) en presentarse ante la restrenada Cámara de Diputados, en una reunión que no dará lugar al planteamiento de una cuestión de confianza.
Se prevé que en la cita Galarreta Velarde pida a la denominada Cámara Baja el otorgamiento de facultades para legislar a través de decretos en materia de seguridad ciudadana, minería ilegal y el fenómeno El Niño, como un trípode político en el que se sostendrá la primera fase de la recién estrenada gestión fujimorista.
El 17 de enero del 2023, el Congreso de la República aprobó modificar el Artículo 130° de la Constitución Política para eliminar la obligatoriedad del voto de confianza o voto de investidura, luego de la presentación de un nuevo Gabinete Ministerial.
El premier Galarreta se podría limitar, por tanto, a exponer la política general del gobierno de Keiko Fujimori, tres semanas después de haber iniciado su gestión. La finalidad del nuevo marco es buscar estabilidad política y evitar la crisis total del gabinete ministerial por la negativa de confianza.
Antes del retorno al sistema bicameral (Cámara de Diputados y Senado), los gabinetes ministeriales acudían al Congreso de la República para exponer sus lineamientos y solicitar el voto de confianza, lo que podía desaguar eventualmente en el rechazo a sus gestiones.

El precepto constitucional del voto de confianza obligatorio para un gabinete ministerial por parte del Congreso ha tenido una aplicación formal principalmente en dos de las doce constituciones que el Perú ha tenido durante los siglos XX y XXI.
La Constitución de 1933 introdujo formalmente la figura del Presidente del Consejo de Ministros y estableció la necesidad de que presentara su política ante el Parlamento.
La vigente Constitución de 1993 consolidó el mecanismo en su Artículo N° 130, que obliga al premier, dentro de los 30 días posteriores a asumir el cargo, a exponer la política general del gobierno y solicitar el voto de confianza.
